Derecho Familiar · 2026-03-01 · 10 min read · Anthony Robles
Cómo Obtener una Orden de Protección en Texas: Guía de Emergencia
Resumen Rápido (TL;DR)
Para obtener una orden de protección en Texas (Cap. 85, Código Familiar): presente la solicitud en el tribunal de distrito de su condado — SIN COSTO para la víctima. Si hay peligro inmediato, el juez puede firmar una orden temporal ex parte EL MISMO DÍA (hasta 20 días) sin notificar al agresor. Luego hay audiencia para la orden final de hasta 2 años. Puede excluir al agresor de la casa, dar custodia temporal, ordenar manutención y prohibir armas. Su estatus migratorio NO importa. Emergencia: llame al 911; línea nacional 1-800-799-7233.
El Proceso Paso a Paso
- 1. Solicitud: en el tribunal de distrito donde usted vive o donde ocurrió la violencia (Ector, Midland, Ward...). No hay cuota judicial para la víctima (§81.002). La Fiscalía de Distrito también puede presentarla por usted.
- 2. Orden temporal ex parte: con peligro claro y presente, el juez la firma el mismo día, sin avisar al agresor — válida hasta 20 días, renovable.
- 3. Notificación y audiencia: el agresor es notificado y ambas partes presentan evidencia (normalmente dentro de 14 días).
- 4. Orden final: hasta 2 años — o más, incluso de por vida, en casos de lesiones graves o reincidencia.
Evidencia útil: fotos de lesiones, mensajes amenazantes, reportes policiales (no obligatorios), registros médicos y testigos.
Qué Puede Ordenar el Juez
- Prohibir todo contacto directo o por terceros, y fijar distancia mínima de su casa, trabajo y la escuela de los niños
- Excluir al agresor de la vivienda, aunque esté a su nombre
- Custodia temporal de los hijos y manutención provisional
- Prohibición de armas de fuego — automática bajo la ley federal con orden final (18 U.S.C. §922(g)(8))
- Protección para familiares, otros miembros del hogar y hasta mascotas
Violar la orden es delito: clase A (hasta 1 año de cárcel), felonía con violaciones repetidas. La policía arresta de inmediato — llame al 911 y documente cada violación.
Protección Sin Importar su Estatus Migratorio
Las víctimas de violencia familiar tienen derecho a protección sin importar su estatus migratorio. Su solicitud no se comparte con inmigración. Además, ser víctima puede abrirle caminos migratorios propios: la visa U (víctimas de crímenes que cooperan) y VAWA (auto-petición para cónyuges maltratados de ciudadanos/residentes) — sin depender del agresor.
Un hallazgo de violencia familiar también transforma su caso de custodia: elimina la presunción de conservaduría conjunta (§153.004). Actuamos el mismo día en emergencias, en español: (432) 366-6000.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto cuesta una orden de protección en Texas?
Nada para la víctima — la ley prohíbe cobrar cuotas judiciales por solicitarla (§81.002). Los honorarios de abogado pueden imponerse al agresor.
¿Necesito reporte policial para pedirla?
No. Ayuda, pero el juez puede emitir la orden con su testimonio, fotos, mensajes y testigos. No haber llamado a la policía no le quita el derecho a protección.
¿La orden saca a mi agresor de la casa aunque él pague la renta?
Sí. El juez puede excluirlo de la vivienda familiar sin importar de quién es la casa o el contrato, como parte de la orden de protección (kick-out order).
¿Me pueden deportar por pedir una orden de protección?
No. Los tribunales no comparten su solicitud con inmigración, y ser víctima puede calificarla para la visa U o VAWA. No permita que el miedo migratorio la mantenga en peligro.